martes, 17 de enero de 2012

La Financiación de la Iglesia

    En los últimos días hemos conocido la asignación presupuestaria que el Estado concede a la Iglesia en el recien estrenado 2012, y la verdad es que no ha dejado a nadie indiferente dada la actual situación de crisis. Es por ello, que considero necesario un análisis sobre la realidad jurídica de esta asignación presupuestaria, y en consecuencia considerar ciertas opciones que se han propuesto desde ciertos sectores, y que a mi juicio no son descabelladas.

    En primer lugar, hemos de analizar el porqué de esta asignación, que viene dada por una tradición histórica de Estado confesional, que desde 1837 ha llevado a adquirir un compromiso de financiación pública de la Iglesia. Con el paso del tiempo, llegó la progresiva separación Iglesia-Estado y la definición de "Estado aconfesional" que acoge la vigente Constitución Española del año 1978. Esta "aconfesionalidad" a la que se hace referencia en el Artículo 16.3 de la mencionada Constitución, quiere decir que "ninguna confesión tendrá caracter estatal", y a su vez, que "los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española, y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".


Este Artículo 16.3 CE, y la posterior Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa son las llaves que abren la puerta a 3 etapas diferenciadas de financiación de la Iglesia Católica:

   1ª) Acuerto sobre Asuntos Económicos de 1979: Se establece una "dotación presupuestaria" (parte de los presupuestos va directamente a las arcas de la Iglesia Católica en España). Este sistema fue muy criticado porque no se tenía en cuenta la voluntad del contribuyente.

   2ª) A partir de 1980, con el desarrollo del Artículo 16 CE por la Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa empiezan a atenderse las reivindicaciones sociales en este sentido. Es entonces, cuando en los Presupuestos Generales de 1987 se confecciona un sistema mixto en el que persiste la "dotación presupuestaria" (aunque muy inferior), y se introduce una casilla en la declaración de IRPF en la que el contribuyente puede destinar el 0,5 % del impuesto que grava su renta, bien a la Iglesia, o bien a fines sociales ("asignación tributaria").

   3) En el año 2006, el Gobierno llega a un acuerdo con la Iglesia Católica para suprimir la "dotación presupuestaria" por la "asignación tributaria" de forma definitiva, eso sí, aumentando la última del 0,5 % anterior al 0,7 % actual.

    Una vez analizada la legislación clave, y el desarrollo histórico de los acontecimientos, debemos plantearnos cuál debería ser el rumbo que este proceso evolutivo debe seguir. Para ello, es necesario tomar como punto de partida el mencionado Artículo 16.1 CE, que dispone textualmente: "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos...", y que por tanto, serviría como base jurídica para elaborar una Ley Orgánica que desarrolle el significado de "libertad ideológica", y que lo equipare a la importancia fiscal que hoy en día tiene la "libertad ideológica y de culto de los individuos", como pudimos ver con anterioridad.

Habiendo elaborado la mencionada Ley Orgánica que defina el contenido y alcance de la "libertad ideológica", se abriría la puerta a la elaboración de Leyes fiscales que permitan incluir por ejemplo, una casilla en la declaración anual del IRPF que destine un porcentaje de los contribuyentes a la ciencia y la investigación, como desde hace algunos días viene proponiéndose en algunas páginas (http://ow.ly/8vada), y através de Facebook, Twitter...  De esta forma, los derechos de los ciudadanos se verían reforzados en esta materia, y parte de sus impuestos se destinarían de una forma mas justa y equitativa a sus principios y convicciones. Desde mi punto de vista, el Estado debe garantizar de la misma forma la libertad ideológica y la religiosa, puesto que ambas están dentro de las libertades individuales de cada ser humano (como así lo recoge la Constitución), y creo que a día de hoy la libertad religiosa sigue gozando de unos privilegios que son la herencia histórica de un prolongado arraigo católico en nuestro país, y de la fuerte influencia de la Iglesia Católica en el Pueblo Español.

Ahora bien, el querer equiparar la libertad ideolólgica con la libertad religiosa, no significa que tengamos que crear una casilla para cada contribuyente y gastar el dinero público en -por poner un ejemplo tonto- subvencionar la producción de "chuches" por que a mí me encantan... Hay que ser conscientes de que existe una cosa denominada Estado de Bienestar que hay que mantener, y que no siempre se puede satisfacer a todo el mundo. Deberíamos pensar en una sola casilla como alternativa a las dos actuales, y rebajar la cuota de todas ellas debido a la difícil situación económica que estamos atravesando. Yo propongo bajarlo a un 0,3 - 0,4%, y añadir la casilla para contribuir al desarrollo de la ciencia y la investigación, puesto que creo que efectivamente es muy positivo para la sociedad, y reportará grandes beneficios en un futuro. De esta forma se haría efectivo el reparto equitativo del dinero público, y la igualdad en el desarrollo de nuestras libertades individuales.


    Por último, sé que habrá algunos que no queden conformes con mis propuestas, y que exigirán la supresión total de la asignación a la Iglesia Católica. Para ellos quiero citar el Artículo 9.2 de la Constitución, que establece textualmente: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo... sean reales y efectivas", Asimismo, también quiero citar el Artículo 14 del mismo cuerpo legal, el cuál dispone que "Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Y deciros que sin el respeto a los demás y a su forma de pensar, nadie os va a hacer caso, y nunca conseguiréis cambiar nada. Además, la supresión total es sólo cuestión de tiempo... Sólo hay que observar la tendencia.



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